El autoconsumo colectivo es un concepto que hace referencia a la generación y consumo de energía renovable, como la solar, por parte de un grupo de consumidores. Estos, ya sean usuarios o empresas, comparten una instalación de generación, paneles solares o aerogeneradores para cubrir parte o la totalidad de sus necesidades energéticas.
Es decir, en el autoconsumo colectivo, la energía se genera en una ubicación compartida y se distribuye entre los participantes.
Esto puede resultar muy beneficioso para reducir costes energéticos, promover la sostenibilidad y disminuir la dependencia de fuentes de energía no renovables. También favorece la amortización de la instalación en un periodo de tiempo más corto. Sigue leyendo para saber cómo aprovechar al máximo el autoconsumo colectivo en tu industria.
Modalidades de autoconsumo colectivo
El Real Decreto 244/2019 establece los distintos tipos de autoconsumo colectivo, que varían en función de los excedentes y la compensación.
- Autoconsumo colectivo sin excedentes: mediante este modelo de generación y consumo, la energía se consume de manera directa sin que los excedentes de generación sean vertidos a la red eléctrica o compensados económicamente. Por tanto, la energía que generará la instalación se empleará únicamente para cubrir las necesidades de consumo de los participantes del autoconsumo colectivo. Se evita así la venta de excedentes a la red y la consecuente regulación y compensación que esto podría implicar.
- Autoconsumo colectivo sin excedentes acogido a compensación: esta modalidad se caracteriza porque la instalación, que cuenta con un sistema antivertido, no puede devolver los excedentes a la red, pero sí pueden utilizar ese sobrante los participantes de la instalación. La energía generada se individualiza, y, por tanto, la que le sobra a un consumidor podrá ser utilizada por otro a cambio de una compensación a un precio acordado en el acuerdo de reparto de energía firmado entre todos aquellos que comparten la instalación.
- Autoconsumo colectivo con excedentes acogido a compensación simplificada: si optas por esta alternativa percibirás una compensación en tu factura mensual por la energía producida y vertida a la red que no consumas. Así, el excedente se va contabilizando en el contador en tramos de una hora para, posteriormente, ser compensado de manera económica por la comercializadora al precio acordado.
- Autoconsumo colectivo con excedentes no acogido a compensación: este concepto se refiere a la venta del excedente energético a la red eléctrica. Existen dos maneras de realizar esta venta:
- Convertirse en productor dentro del autoconsumo fotovoltaico. Para ello, tendrás que inscribirte en el Registro Administrativo de las Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIRPE)
- Acordar con una comercializadora energética que desee comprar el excedente un precio para la venta de esa electricidad generada.
Requisitos para el autoconsumo colectivo
Existe una serie de condiciones indispensables para disfrutar del autoconsumo colectivo:
- Estar conectados en red interior o unidos a través de líneas directas
- Estar conectados a una red de Baja Tensión
- Tener una distancia máxima de 2 km entre la instalación fotovoltaica y la ubicación que empleará la energía o bien compartir la misma referencia catastral o, al menos, los primeros 14 dígitos del código catastral.
Cómo acordar el reparto en instalaciones de autoconsumo colectivo
Los consumidores participantes de un autoconsumo colectivo deben acordar cómo repartir la energía eléctrica producida por los paneles solares. Este acuerdo tendrá que reflejar el porcentaje de energía que utilizará cada beneficiario o lo que se conoce como energía neta individualizada, además de los siguientes datos:
- La modalidad de autoconsumo de la instalación
- El CAU (Código de Autoconsumo)
- Los consumidores asociados: NIF, CUPS y los coeficientes de reparto
- La instalación o instalaciones de generación asociadas
El reparto se calcula a través de una fórmula que tiene en cuenta diferentes coeficientes o criterios: desde el consumo de energía hasta la potencia contratada o el porcentaje de participación de cada consumidor. Pueden añadirse tantos como se quieran, cualquiera es válido siempre y cuando sean coeficientes de reparto fijos cuya suma sea 1.
Una vez se haya formalizado el acuerdo de reparto de energía entre todos los participantes, éste debe ser entregado a la distribuidora, directamente o a través de la comercializadora, para iniciar los trámites administrativos y llevar a cabo la instalación de autoconsumo colectivo.
El autoconsumo colectivo en industrias es una buena alternativa en términos de rentabilidad, eficiencia energética y responsabilidad medioambiental. Contacta con nosotros para conocer más detalles sobre esta modalidad energética y comienza el camino hacia un futuro mejor.